lunes, 8 de octubre de 2018

Solicitud de permiso por razones de formación del profesorado

Os adjuntamos nota informativa que ha llegado a la Dirección del Centro en relación al correcto procedimiento para la solicitud de este tipo de permisos:



    Le remitimos la siguiente nota informativa en relación al correcto procedimiento para la solicitud de permisos por razones de formación del profesorado. 
Le rogamos que lo ponga en conocimiento del profesorado de su centro ya que es de suma importancia el cumplimiento de los plazos y normas establecidas, pues de no hacerse así no se informará favorablemente la concesión del permiso.

    De conformidad con la Circular de 6 de febrero de 2013 (Texto refundido), de la Dirección General de Recursos Humanos, sobre Permisos, Licencias y Reducciones de Jornada del personal docente, y atendiendo a la práctica del procedimiento relativo a las autorizaciones para asistencia a una acción formativa, ES IMPORTANTE recordar las siguientes pautas del procedimiento:

  • Las solicitudes deberán presentarse ante la persona titular de la dirección del correspondiente centro o responsable del servicio educativo con un mes de antelación y, si ello no fuera posible por causas ajenas a la voluntad de la persona solicitante, al menos con diez días; la presentación en un plazo inferior impide su tramitación ordinaria, por cuanto, de no existir una causa excepcional que lo justifique, LA AUTORIZACIÓN NO SERÁ CONCEDIDA. En este sentido, conviene aclarar que puede solicitarse con carácter previo a la admisión en la acción formativa, ya que, de no producirse la incorporación, el permiso quedará sin efecto.
  • Las solicitudes se realizan en el Anexo I y deben estar firmadas por la persona solicitante y por la dirección del centro. Asimismo, estarán acompañadas del Programa de la actividad formativa y del Informe de la Dirección del centro donde se haga constar que se han adoptado las medidas necesarias (sustitución del docente por profesorado de guardia, etc) para suplir la ausencia del docente en la fecha en que pide el permiso.
  • La actividad formativa debe coincidir con la jornada laboral. Si su horario estuviera fuera de la misma, no es preciso solicitar autorización para la asistencia.
  • Se podrá autorizar, como máximo, la asistencia de dos personas por centro o servicio educativo para una misma actividad, salvo que la convocatoria establezca otro criterio. Asimismo, podrá autorizarse, como máximo, la participación en dos actividades por curso académico y, en cualquier caso, no más de cuatro días de ausencia por curso, salvo autorización expresa de la Dirección General.